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LA CONSTRUCCION DEL EDIFICO TEORICO.

Domingo, 30 de octubre de 2005

UNA DEL SIGLO

El semanartio EL SIGLO, que depnde del Partido Comunista y que se supone defiende los derechos dela clase trabajadora, no los respeta con sus propios trabajadores. Como escuhe alguna vez por ahi¨: "en todas partes se cuecen habas".

El
24 de octubre, se inició en el 7º Juzgado del Trabajo el juicio por el
despido de Arnaldo Pérez Guerra de el Semanario El Siglo. La primera
acción de la empresa fue solicitar un “aplazamiento” que el tribunal
determinó en seis meses.
Pérez Guerra fue despedido el 5 de enero de 2005, a cinco días de aparecer publicado en Libertad el artículo

"Despidos, prácticas antisindicales, no pago de sueldos y deudas
previsionales en la CUT...", desempeñándose como redactor en dicho medio de comunicación del Partido Comunista por 5 años y dos meses. En el artículo en cuestión, Pérez Guerra criticaba la actitud del Presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), el socialista Arturo Martínez, y la del dirigente del Partido Comunista, Guillermo Salinas -Tesorero de la Central-, en relación a los graves problemas laborales y prácticas antisindicales al interior de la multisindical, según la denuncia del presidente del Sindicato de Trabajadores de la CUT, Mario Bascuñán.



Lamentablemente, el Semanario El Siglo viola los derechos de sus
trabajadores y las leyes laborales vigentes. En un principio se arguyó
como motivo una "reestructuración económica". El abogado Pedro Aravena, actual candidato del Pacto Juntos Podemos por Rancagua, y su procuradora, han ofrecido a Pérez una “indemnización” que no cubre la demanda.
Contradictoriamente, Claudio De Negri, ex director de El Siglo y
representante legal de la Editora que lo imprime, señaló al Tribunal que
Pérez “no tiene derecho a ninguna indemnización” pues nunca trabajó en El Siglo, y que “sólo en julio de 2001 se le empezó a encomendar ciertos
trabajos específicos, como artículos de ciertas materias por los cuales se
le pagaba una vez al mes…”.
Según Arnaldo Pérez y su abogado, Cristián Hidalgo, asesor legal de la CUT Zonal Oeste y la Coordinadora Cerrillos-Maipú, El Siglo no ha cumplido con varias exigencias necesarias para despedir a un trabajador, adeudando pagos por varios conceptos que pretenden ser desconocidos por los directivos y administrativos del periódico. Los antecedentes se encuentran en manos de los Tribunales de Justicia y serán éstos los que dirimirán quién tiene la razón.
Arnaldo Pérez, señala: “No existe otro camino para que un trabajador pueda hacer valer sus escasos derechos laborales. La justicia laboral es lenta, pero en muchas ocasiones los derechos de los trabajadores son respetados, aunque es completamente posible que las empresas dilaten los juicios y ejerzan sus influencias para tratar de amañarlos y esconder la verdad de las precarias relaciones laborales y las violaciones a los derechos de los trabajadores”. Agrega: “El El Siglo señaló que mi despido se debe a ‘razones económicas’ y a un ‘proceso de reestructuración’. Están en su completo derecho ‘reestructurar’ como les plazca, pero no pueden violar los derechos de los demás. Hoy dicen que ‘no trabajaba ahí’ pero que ‘me pagaban una vez al mes’. Son demasiadas las contradicciones que la propia gente puede juzgar. Yo no creo esa versión porque fui despedido apenas cinco días después de publicar un artículo que criticaba abiertamente las prácticas ntisindicales en la CUT, en donde han ocurrido despidos, no pago de sueldos y no pago de cotizaciones previsionales que afectan a decenas de trabadores de la multisindical, incluyendo a Marco Brull, quien perdiera un ojo por defender a Arturo Martínez durante la concentración del 1º de Mayo de 2002. Según la Ley Bustos, ningún trabajador debe ser despedido si sus pagos no están al día”.
Cristián Hidalgo, señala: “El Semanario El Siglo como empleador está
violando el Artículo 7º del Código del Trabajo por cuanto ha tenido un
gran número de trabajadores, incluyendo en este caso al trabajador
despedido, durante largos años en una relación laboral que no está
escriturada. No ha cancelado cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores y, asimismo, al momento de despedir incumplió el inciso 5º del Artículo 162 del Código del Trabajo conocido como ‘Ley Bustos’, que prohíbe expresamente al empleador despedir cuando no se han enterado y pagado en las AFP las cotizaciones previsionales. El despido, además, es injustificado e improcedente por cuanto no se cumplió con el requisito de ‘aviso previo’, ni se indemnizó sustitutivamente por no avisar previamente con un mes de antelación. Asimismo, no se invocó ‘causa legal’, ni se cumplió con las formalidades de haber entregado una carta al trabajador señalando la causa legal que motivaba su despido”.
Entre las muestras de solidaridad recibidas por Arnaldo Pérez está la del
padre Alfonso Baeza, vicario episcopal de la Pastoral Social, quien en una carta le señala: “Estimado Arnaldo: Con sorpresa y pena recibí la noticia de tu despido en El Siglo. Te felicito y agradezco tu valentía y
coherencia para defender los derechos humanos y particularmente de los trabajadores. Lamentablemente las actitudes antisindicales y el
desconocimiento de los derechos laborales son algo transversal en nuestra sociedad, por eso se dan incluso en personas e instituciones que
generalmente defienden los derechos de los trabajadores, pero que no los respetan cuando estos derechos son considerados como contrarios a sus intereses. Espero que puedas seguir trabajando en la tarea de promover y defender los derechos de los empobrecidos y excluidos en nuestra sociedad”.

Por: Glen E. Lizardi Flores | General | Comentarios (0) | Referencias (0)

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